Nequi y declaración de renta 2026: topes

¿Traslada su salario a Nequi? Las billeteras digitales son cada vez más comunes, y muchas personas se preguntan si mover dinero entre sus cuentas puede obligarlas a declarar renta. Esta guía explica qué ha dicho la DIAN y cuáles son los topes de la declaración de 2026, que corresponde al año gravable 2025.

¿Los movimientos en Nequi cuentan para declarar renta?

Según la DIAN, el dinero que entra a sus cuentas bancarias o a billeteras digitales como Nequi se registra como consignación. Por eso, trasladar dinero de su cuenta de ahorros a Nequi puede aumentar el total que se tiene en cuenta para el tope de consignaciones, depósitos o inversiones financieras.Eso no significa que usar Nequi lo obligue a declarar. Recibir el salario en una billetera digital, por sí solo, no genera esa obligación: lo que decide son los topes de cada año gravable.

Topes para declarar renta en 2026 (año gravable 2025)

Puede estar obligado a declarar si durante 2025 superó al menos uno de estos valores:

Concepto Tope
Patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2025
$224.095.500 o más (4.500 UVT)
Ingresos brutos
$69.718.600 o más (1.400 UVT)
Consumos con tarjeta de crédito
$69.718.600 o más (1.400 UVT)
Compras y consumos totales
$69.718.600 o más (1.400 UVT)
Consignaciones, depósitos o inversiones financieras
$69.718.600 o más (1.400 UVT)

Basta con superar uno solo. Estos topes no se miden por separado en cada cuenta, sino sumando todo lo que corresponda a cada concepto durante el año.

Un ejemplo para entenderlo

Imagine a una persona cuyo salario es de $4 millones al mes, que llega a su cuenta de ahorros: $48 millones al año. Si además cada mes pasa $2 millones a Nequi para sus gastos, el total de dinero que entró a cuentas durante el año sería de $72 millones, por encima del tope de $69.718.600. Es un ejemplo ilustrativo, y cada caso depende de la situación de la persona.

Cómo evitar sorpresas

Conclusión

Usar Nequi no lo exime de sus obligaciones tributarias, pero tampoco lo obliga a declarar por sí solo. Lo importante es conocer los topes y llevar un control de sus movimientos. Si tiene dudas sobre su caso, en Vargas Fernández podemos revisarlo: conozca nuestra consultoría tributaria o contáctenos.